A partir del 16 de Enero de 2026, OSSEG modifica la cobertura de medicamentos del Plan Integral Obligatorio.
De esta manera, los medicamentos contemplados en la Resolución 310/04 del Ministerio de Salud, mantienen su cobertura habitual del 70%, mientras que el resto de los medicamentos de venta ambulatoria pasan a tener una cobertura del 50%.
Para reafirmar el compromiso solidario con nuestros asociados, queremos informar que quienes sean socios de AMTRAS, y al mismo tiempo sean afiliados a OSSEG del Plan Integral y afiliados al Sindicato del Seguro, podrán accederán a un beneficio adicional del 10%, alcanzando un descuento total del 60% en la compra de medicamentos de venta ambulatoria.
Serán beneficiarios del mencionado descuento, los socios titulares y su grupo familiar primario.
Este beneficio no tiene carencia desde la fecha de alta o rehabilitación del socio, es decir, el socio será beneficiario desde el momento en que OSSEG actualice su padrón e informe a las farmacias.
El beneficiario debe presentar la siguiente documentación:
Para más información ingresar a Cómo asociarse (Empleados) o a Cómo asociarse (Jubilados).
Cuando la Mutual cuente con la documentación requerida, se procederá a dar el alta o la rehabilitación del socio.
Una vez hecho esto, el socio recibirá un correo de constancia de dicho proceso.
A partir del día siguiente de procesado, AMTRAS deja la información disponible para que OSSEG la procese y la ponga a disposición del sistema farmacéutico.
Luego de actualizado el padrón de OSSEG, al momento de realizar la compra de medicamentos de venta ambulatoria, la farmacia detectará automáticamente que es socio de AMTRAS y sumará el 10% extra de descuento.
IMPORTANTE: Se deja constancia que AMTRAS no tiene control del momento a partir del cual esta información está disponible en las farmacias, por lo cual el goce del beneficio dependerá de OSSEG, ya que ésta administra los tiempos de actualización.