Preguntas Frecuentes

Preguntas frecuentes de SOCIOS

La Mutual de Seguros es una entidad sin fines de lucro cuyo objetivo es brindar distintos beneficios no médicos a los empleados del gremio.

Su finalidad se basa en la solidaridad de sus asociados a través del pago de una mínima cuota social mensual.

Cumpliendo con esa cuota, independientemente de que utilicen sus servicios o no, los socios saben que la Mutual siempre estará disponible cuando lo requieran.

Asimismo, mantener la asociación a esta Mutual no está relacionado a que el socio haya saldado sus deudas o cancelado sus préstamos. Va más allá de eso. Ser socio de AMTRAS significa tener sentido de pertenencia al gremio y solidaridad con las necesidades del resto de los asociados.

En cuanto a los beneficios que brinda, el principal es la Proveeduría, la cual tiene disponibilidad de artículos, precios accesibles y facilidades de pago. Las compras las podés abonar en efectivo o en cuotas por descuento de haberes.

Para todos los productos tenés 3 cuotas fijas sin interés y hasta 12 cuotas fijas con un mínimo interés mensual. Además, en productos seleccionados, también tenés la opción de pagar en 6 cuotas fijas sin interés. Tené en cuenta que la cantidad máxima de cuotas para tus compras está directamente relacionada al último sueldo que nos hayas informado, y el cupo de compra mensual que tengas disponible.

Otro de los beneficios que tiene es la posibilidad de acceder a Préstamos Personales a tasas preferenciales, brindados a través del Banco de la Ciudad.

A partir del 01/01/2025 se incorpora la Ayuda Económica por Óptica, destinado a todos los socios mayores de 60 años, que al mismo tiempo sean afiliados a OSSEG, como así­ también los integrantes oportunamente declarados en su grupo familiar que cumplan con la edad antes mencionada, o en su defecto, que sean menores de 15 años. El monto final incluirá el correspondiente al que por el mismo concepto, pero bajo la modalidad de reintegro, abona OSSEG a sus afiliados.

Y, aunque menos agradable, también brinda una Ayuda Económica por Sepelio para el titular y su grupo familiar primario oportunamente declarado en AMTRAS. El monto de ayuda incluye el correspondiente al que por el mismo concepto, pero bajo la modalidad de subsidio, abona la Obra Social de Seguros (OSSEG) a sus afiliados. De esta manera se unifica el beneficio para quien tenga la doble condición de afiliado a OSSEG y socio de AMTRAS.

¿Sabías que la cuota social de la Mutual no surge como resultado de un porcentaje sobre tu sueldo, sino que es un importe fijo mensual?

¿Y que el pago se realiza directamente por descuento de haberes?

A partir del 1 de Enero de 2025, el valor mensual de la cuota social para los socios activos es de $3.000 (pesos tres mil).

Para más información ingresá a Cómo asociarse.

¡Qué bueno que estés pensando en sumarte a AMTRAS!

Para asociarte a la Mutual tenés que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar en relación de dependencia en el Gremio de Seguros
  • Ser afiliado al Sindicato del Seguro de la República Argentina

Además debés presentar la siguiente documentación:

  • Formulario de socio vigente, debidamente completado y certificado por el empleador
  • Copia del documento de identidad (anverso y reverso)
  • Copia del último recibo de sueldo

El formulario es editable, por lo cual tenés que completar la primer hoja en forma digital (desde el dispositivo en el cual lo abriste: computadora, tablet ó celular).

Una vez que lo completaste, lo imprimís en papel tamaño A4 y en doble faz (la segunda hoja en la parte trasera de la primera).

Luego, se lo llevás a la oficina de Recursos Humanos de tu empresa para que complete manualmente los datos personales solicitados en la hoja trasera, incluido la firma, aclaración, cargo y sello requeridos.

Por último, remitís a la Mutual la documentación fisica, es decir, la solicitud, la copia del documento (anverso y reverso) y la copia del último recibo de sueldo. Esto lo podés hacer en forma personal, o a través del delegado gremial o de la delegación más cercana a tu domicilio.

En caso que quieras presentar la documentación en forma digital, la solicitud en ningún caso podrá ser en formato imagen (PNG o JPG). El formulario de socio de AMTRAS que envíes digitalmente siempre deberá ser en el formato PDF original del mismo. Cualquier formulario en formato imagen, o en formato PDF pero cuyo origen sea una imagen (por ejemplo, una foto del formulario pasada a PDF) no se tomará como válido y será rechazado.

Formulario: Descargar



Para más información ingresá a Cómo asociarse.

Es algo para que tengas en cuenta.

La carencia de 3 meses que tenés a partir de la fecha de producida tu alta (o rehabilitación) dentro del sistema, es para realizar compras en nuestra proveeduría, y también para poder ser beneficiario de la Ayuda Económica que brinda la Mutual, tanto por Óptica como por Sepelio.

Expresado de otra manera, recién a partir del 4° mes vas a poder hacer compras de productos en nuestra proveeduría, o recibir la Ayuda Económica por Óptica o por Sepelio.

Por el contrario, no tenés carencia alguna para la tramitación de los préstamos personales ni para hacer uso del beneficio de Sport Club, es decir, una vez que recibiste el correo de confirmación de alta a AMTRAS podrás hacer uso de dichas prestaciones.

Para más información ingresá a Cómo asociarse, a Proveeduría, a Ayuda Económica por Óptica, y a Ayuda Económica por Sepelio.

Lamentamos mucho escuchar eso, pero si no querés ser más socio de la Mutual entonces debés enviar un correo electrónico personal a la cuenta amtras@ssra.org.ar, especificando lo siguiente:

  • En el asunto del mismo las palabras RENUNCIA A LA MUTUAL.

  • En el cuerpo deberás detallar tu nombre y apellido y tu DNI o CUIL (de manera de poder identificarte inequivocamente), caso contrario, la baja no será procesada.

ACLARACION

Las bajas no son retroactivas. La fecha de baja que se tomará será la de recepción del correo, motivo por el cual, en ningún caso corresponde el reintegro de las cuotas sociales abonadas y/o pendientes de pago y exigibles con anterioridad a la solicitud.

Para poder procesar la baja, no debés tener ninguna prestación vigente a la fecha que envíes el correo.

Luego de la recepción del correo con la notificación de la solicitud, y en el caso de que cumplas con los requisitos previamente especificados, se te enviará una respuesta como constancia donde se detallará la fecha a partir de la cual dejarás de figurar en los listados que la Mutual mensualmente emite para las oficinas de Recursos Humanos de las empresas.

Para más información ingresá a Cómo asociarse.

Por supuesto!

Si en algún momento fuiste socio de AMTRAS y por algún motivo ya no lo sos, pero querés volver a serlo, entonces tenés que completar y presentar una nueva solicitud de socio debidamente cumplimentada y certificada por tu empresa. Para más detalles ver ¿Cómo hago para asociarme a la Mutual?.

En los casos estipulados, además deberás abonar las cuotas sociales caídas desde tu baja hasta la fecha de tu solicitud de rehabilitación.

A partir de la fecha de aceptación de la solicitud, tendrás una nueva carencia de tres (3) meses para efectuar compras y para ser beneficiario de la Ayuda Económica, tanto por Óptica como por Sepelio.

Para más información ingresá a Cómo asociarse.

Es simple! Sólo debes enviar un correo!

Tené en cuenta que para poder mantener tu estado de socio activo la Mutual debe cobrar mensualmente tu cuota social.

Es por eso que si pasás a gozar de licencia (de cualquier tipo) por la cual tu empresa no te retenga la cuota social, debés notificarnos la novedad personalmente y de forma fehaciente para que podamos tomar nota.

La manera establecida para ello es a través de un correo electrónico a la cuenta amtras@ssra.org.ar.

El correo que nos envíes deberá contener:

  • En el asunto la palabra LICENCIA,
  • En el cuerpo:
    1. Tu Nombre y Apellido,
    2. Tu DNI,
    3. Detallá brevemente el pedido,
    4. Establecé la fecha a partir de la cuál entrará en vigencia,
    5. Solicitá el pago por caja de la cuota social y de cargos (si es que tuvieras),
    6. Expresá tu compromiso de abonar por caja durante el período que dure la licencia,
    7. Solicitá los datos de la cuenta bancaria de la Mutual.

El pago lo podés realizar a través de transferencia bancaria, o bien personalmente en nuestras oficinas sólo en efectivo.

En cualquier caso, lo debés hacer siempre con anterioridad al día 5 de cada mes.

Atención: pasados los tres (3) meses de falta de pago se te dará la baja por morosidad.

Para más información ingresá a Cómo asociarse.

Nada complicado, sólo debes enviar otro correo!

Una vez que hayas finalizado tu licencia, debés notificarnos la novedad.

Para eso tenés que enviarnos un correo electrónico a la cuenta amtras@ssra.org.ar.

El mismo deberá tener el siguiente formato:

  • En el asunto el texto FINALIZACION DE LA LICENCIA,
  • En el cuerpo:
    1. Tu Nombre y Apellido,
    2. Tu DNI,
    3. Breve detalle del pedido,
    4. La fecha a partir de la cuál te reintegrás a la empresa,
    5. Solicitá el pago de tu cuota social y de cargos (si tuvieras) vuelvan a ser por descuento de haberes,
    6. Adjuntá una nueva solicitud de socio en formato PDF, debidamente cumplimentada y certificada por la empresa (ver ¿Cómo hago para asociarme a la Mutual?).

    Como respuesta se te informará cuál será la última cuota social y de cargos (si es que tuvieras) que deberás abonar por caja (transferencia bancaria o personalmente en efectivo), y a partir de qué momento comenzarás a volver a tener el descuento de haberes nuevamente.

    Para más información ingresá a Cómo asociarse.

Felicitaciones! Que sea para bien!

El trámite es muy sencillo, sólo debés completar una nueva solicitud de socio.

El formulario es editable, por lo cual tenés que completar la primer hoja en forma digital (desde el dispositivo desde el cual lo abriste: computadora, tablet ó celular).

Una vez que lo completaste, lo imprimís en papel tamaño A4 y en doble faz (la segunda hoja en la parte trasera de la primera).

Luego, se lo llevás a la oficina de Recursos Humanos de tu empresa para que complete manualmente los datos personales solicitados en la hoja trasera, incluido la firma, aclaración, cargo y sello requeridos.

Por último, remitís a la Mutual la documentación fisica, es decir, la solicitud, la copia del documento (anverso y reverso) y la copia del último recibo de sueldo. En caso de todavía no tener uno, pedile a tu empleador una DDJJ informando tu sueldo neto.

El envío a nuestras oficinas lo podés hacer en forma personal, o a través del delegado gremial o de la delegación más cercana a tu domicilio.

Formulario: Descargar


Para más información ingresá a Cómo asociarse.

La forma más sencilla es acercándote a nuestro local para ver la variedad de productos y consultar los precios y financiaciones que tenemos disponibles.

Otra opción es consultarnos el producto que estás buscando a través de un correo electrónico a la cuenta amtras@ssra.org.ar. Para ello, en el mismo nos deberás detallar tus datos personales (para poder identificarte como socio), como así también el o los producto/s que estás necesitando.

Recibirás como respuesta un correo donde te detallaremos los productos disponibles dentro del rango de tu solicitud, como así también sus precios y forma de pago.

En un futuro, siempre y cuando el Consejo Directivo lo apruebe, tendremos disponible un catálogo en línea, el que contendrá lo antes mencionado y mucho más.

Para más información ingresá a Proveeduría.

La Mutual te brinda la posibilidad de abonar tus compras en cuotas por descuento de haberes, o si lo preferís, también al contado en dinero en efectivo.

La cantidad máxima de cuotas que te podemos brindar está directamente relacionada al cupo de compra mensual que tengas disponible.

Por eso, y para que no tengas inconvenientes al momento de la compra, necesitamos que mantengas actualizado tu sueldo en nuestros registros, de manera que tu cupo disponible de compra mensual sea siempre el mayor posible.

Entonces te recomendamos que periódicamente, o al menos antes de realizar la compra, nos envíes por correo a la cuenta amtras@ssra.org.ar tu último recibo de haberes, especificando en el asunto Recibo de haberes y en el cuerpo tus datos personales.

Cabe aclarar que a las cuotas se le aplica un interés mensual equivalente a la TNA de 49.92%. Pero también sabé que está disponible la opción de 3 cuotas sin interés para todos los productos, y hasta 6 cuotas sin interés sólo para productos seleccionados.

Para más información ingresá a Proveeduría.

Esa información está disponible para todos los socios de AMTRAS que estén de alta al momento de la consulta.

Para poder ingresar debés ir al menú en la opción SOCIOS, y dentro de ella en Registro de Compras.

Una vez allí se te abrirá una pestaña donde:

  • Primero deberás ingresar tu número de CUIL, sin guiones, puntos ni espacios en blanco.
  • Luego marcar la casilla de reCAPTCHA para confirmar que sos un ser humano y no una actividad maliciosa.
  • Por último, tenés que presionar el botón de Ingresar.

El Registro de compras pretende ser una herramienta útil que te permita poder consultar el histórico de tus compras efectuadas en la Mutual, como así también las cuotas mensuales pendientes de imputación.

Una vez dentro, podrás ver en una primera pantalla tus datos personales, laborales y el límite mensual disponible para compras.

Recordá que ese límite surge de un porcentaje sobre tu sueldo, por lo que si estimás que no es correcto, te sugerimos que envíes una copia de tu último recibo a la cuenta de correo amtras@ssra.org.ar para que podamos actualizar tus datos y consecuentemente se actualice el límite disponible.

En la parte superior derecha habrá un botón desplegable con tu nombre. Si hacés click sobre él aparecerán las opciones de Historial de Compras y Cuotas pendientes de imputación, como así también las de Mis datos y Finalizar sesión y salir.

El Historial de Compras te permitirá visualizar el detalle de todas las compras que hayas realizado en la Mutual.

Mientras que Cuotas pendientes de imputación te mostrará las cuotas por compras que todavía no fueron canceladas por la empresa y que conforman tu descuento mensual, ordenado por el mes y año de descuento, pudiendo ver el importe total a descontar, y las respectivas cuotas por compras que tenés para cada período.

Si estás acá es porque estás pasando por un terrible momento. Es por eso que te damos nuestras condolencias.

Tenés que saber que serán beneficiarios de esta prestación sólo los socios activos y adherentes de AMTRAS que cumplan con el reglamento.

De corresponder, a partir del 01/01/2025 la ayuda económica será hasta un máximo de $500.000 (pesos quinientos mil).

 

REGLAMENTO
  • Artí­culo 1°: Para ser incluido en el beneficio, el socio deberá tildar la opción disponible en la solicitud de alta.
  • Artí­culo 2°: La fecha de aceptación de la misma será la que empezará a regir los plazos que establece este reglamento en su Artí­culo 3°.
  • Artí­culo 3°: En todos los casos los socios tendrán una carencia a partir de la fecha de aceptación de la solicitud que queda establecida en tres meses.
  • Artí­culo 4°: Para los socios activos con relación de dependencia, el beneficio será extensivo a todos los integrantes de su grupo familiar primario oportunamente declarado, compuesto por esposa/o, hijos solteros menores de 21 (veintiuno) años, e hijos incapacitados a su EXCLUSIVO cargo sin lí­mite de edad.
  • Artí­culo 5°: Para los socios jubilados el beneficio será exclusivamente para el titular.
  • Artí­culo 6°: El atraso en el pago de la cuota societaria motiva la baja automática del beneficiario, es decir, la pérdida de los derechos.
  • Artí­culo 7°: El socio que se atrasara en el pago de las cuotas societarias y fuera dado de baja, podrá rehabilitarse abonando las cuotas atrasadas, debiendo pasar nuevamente el tiempo de carencia estipulado en el presente reglamento.
  • Artí­culo 8°: El Consejo Directivo queda facultado para realizar las modificaciones a este Reglamento que considere necesarias y las que exigiere la autoridad de aplicación.

 

DOCUMENTACION A PRESENTAR

Debés presentar la siguiente documentación:

  • Factura original,
  • Copia del certificado de defunción,
  • Copia del carnet de afiliación a OSSEG (si corresponde) o de la prepaga.

 

PROCEDIMIENTO DE LA AYUDA ECONOMICA
  • Una vez que la Mutual cuente con la documentación requerida, se procederá a generar la orden de pago.
  • Luego se confeccionará el cheque, se pasará a la firma, y en cuando esté listo para entregar, se te notificará la disponibilidad para que lo retires.

Para más información ingresá a Ayuda Económica por Sepelio.

Serán beneficiarios todos los socios activos y adherentes, que prevee el Artí­culo 7° del estatuto de AMTRAS, mayores de 60 años, que al mismo tiempo sean afiliados a OSSEG, como así­ también los integrantes oportunamente declarados en su grupo familiar que cumplan con la edad antes mencionada, o en su defecto, que sean menores de 15 años.

Tenés que saber que serán beneficiarios de esta prestación sólo los socios activos y adherentes de AMTRAS que cumplan con el reglamento.

Esta ayuda económica se otorgará de la siguiente manera:

Rango etario Reintegro OSSEG Ayuda Económica AMTRAS
Menores de 15 años Armazón $6.500 Cristales $6.000 $10.000 por año en todo concepto
(1 par por año)
Mayores de 60 años Armazón $4.500 Cristales $4.200 $20.000 cada 2 años en todo concepto
(1 par cada 2 años)

REGLAMENTO

  • Artí­culo 1°: Para ser incluido en el beneficio, el socio deberá tildar la opción disponible en la solicitud de alta.
  • Artí­culo 2°: La fecha de aceptación de la misma será la que empezará a regir los plazos que establece este reglamento en su Artí­culo 3°.
  • Artí­culo 3°: En todos los casos los socios tendrán una carencia a partir de la fecha de aceptación de la solicitud que queda establecida en tres meses.
  • Artí­culo 4°: Los beneficiarios de esta ayuda económica serán los socios en relación de dependencia mayores de 60 años y su grupo familiar primario oportunamente declarado: cónyuge mayor de 60 años y/o hijos menores de 15 años.
  • Artí­culo 5°: Para los socios jubilados el beneficio será exclusivamente para el titular.
  • Artí­culo 6°: El atraso en el pago de la cuota societaria motiva la baja automática del beneficiario, es decir, la pérdida de los derechos.
  • Artí­culo 7°: El socio que se atrasara en el pago de las cuotas societarias y fuera dado de baja, podrá rehabilitarse abonando las cuotas atrasadas, debiendo pasar nuevamente el tiempo de carencia estipulado en el presente reglamento.
  • Artí­culo 8°: El Consejo Directivo queda facultado para realizar las modificaciones a este Reglamento que considere necesarias y las que exigiere la autoridad de aplicación.

DOCUMENTACION A PRESENTAR

Debés presentar la siguiente documentación solicitada por OSSEG:

  • Receta de prestador de cartilla
  • Factura con valores discriminados por armazón y cristales
  • CBU del titular de OSSEG emitido por entidad bancaria
  • Si es la primera vez que solicitás un reintegro debés completar la planilla de acreditación bancaria y regresarla firmada por el titular de OSSEG

El reintegro (más la ayuda económica en caso de corresponder) se te acreditará en la cuenta bancaria informada en el plazo de 72 hs. hábiles de presentada la documentación.


Los tramites se ingresan por:


PROCEDIMIENTO DE LA AYUDA ECONOMICA

La metodología del beneficio es la misma que actualmente brinda OSSEG. Dentro del proceso se sumará la presente ayuda si el afiliado titular de OSSEG cumple con la condición de ser también socio de AMTRAS y encontrarse activo y al día con su cuota social. De esta manera se unifica el beneficio para quien tenga la doble condición de afiliado a OSSEG y socio de AMTRAS.

El monto final incluirá el correspondiente al que por el mismo concepto, pero bajo la modalidad de reintegro, abona OSSEG a sus afiliados.

Para más información ingresá a Ayuda Económica por Óptica.

La tramitación de los Préstamos Personales la debés realizar en la Secretaría de Gremiales del Sindicato del Seguro de la República Argentina, Carlos Pellegrini 575 – Piso 11 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para más información podés comunicarte por telefono al 4327-3284 al 89 interno 3119.

REQUISITOS
  • Ser afiliado al Sindicato del Seguro de la República Argentina.
  • Ser socio de AMTRAS – Asociación Mutual de Trabajadores de Seguros.
  • Tener 2 años de antigüedad en la Empresa.

Para más información ingresá a Préstamos Personales.

Preguntas frecuentes de EMPRESAS

La fecha de vencimiento de los cargos está especificada en la parte superior izquierda de cada planilla.

Siempre se produce los primeros días del mes siguiente al de emisión del cargo a abonar, motivo por el cual, las planillas se abonan mes vencido.

La Mutual se reserva el derecho de aplicar intereses punitorios por los días de atraso en el cumplimiento de la fecha de vencimiento.

Para más información ingresar a Disposiciones Vigentes.

Son planillas donde se detallan a cada uno de los socios que a la fecha de emisión se encuentren activos en nuestro padrón, ordenados por seccional, y a su vez, por apellido y nombre.

Las mismas contienen por cada socio, el valor de la cuota social y el monto de la cuota por compras (si tuviera) correspondientes al mes de emisión.

Estas planillas reemplazan a las declaraciones juradas (DDJJ) que las empresas suelen presentar, ya que la Mutual no se rige por DDJJ sino por los cargos emitidos, puesto que allí se detallan a todos los socios que en nuestro padrón figuran como activos a la fecha de emisión.

Es por ello que queda a cargo exclusivo de la empresa el pago tanto de las cuotas sociales como de compras informadas en la planilla de cargos, de aquellos socios que no hayan sido notificados como BAJA en tiempo y forma, hecho que llevó a que los mismos continúen figurando en las planillas emitidas.

En otras palabras, la empresa no podrá descontar del monto total de las planillas ya emitidas, las bajas que por error u omisión no haya notificado antes de la emisión del nuevo cargo.

Los cargos de esta Mutual se emiten generalmente los días 10 de cada mes, salvo que esa fecha coincida con un fin de semana o feriado, en cuyo caso se procesarán el primer día hábil anterior o posterior, según corresponda a la menor cantidad de días existentes entre ambos.

El contenido de las planillas es el siguiente:

  • Socio: Es el número de socio asignado en nuestro padrón.
  • Apellido y Nombre: El apellido y el nombre del socio.
  • Documento: Tipo y número de documento del socio.
  • Seccional: La seccional en la cual el socio está registrado en nuestro padrón.
  • Saldo Deuda: Aquí se refleja el monto de deuda (vencida y/o a vencer) que el socio tiene a la fecha de proceso del listado, excluida la correspondiente al mes en curso, si la hubiera. Puede existir la posibilidad que el socio tenga compras realizadas posteriores a la fecha de emisión de los cargos, motivo por el cual, las mismas no figurarán en la planilla. Al momento que la empresa notifique la baja, se le informará el Saldo de Deuda que el socio tenga a esa fecha.
    • Deuda «vencida» se refiere a cargos no abonados (o abonados con posterioridad a la fecha de proceso del cargo, y por lo tanto imposibles de prever al momento del proceso).
    • Deuda «a vencer» son las cuotas con vencimiento futuro diferente al período procesado.
  • Debito Mes: Es el importe total de cuotas de cargos por compras que el socio tiene para el mes procesado.
  • Cta. Social: Es el monto de la cuota social para el mes procesado.
  • Total Cargos: Este es el importe total que la empresa le debe retener al empleado en el mes procesado. En caso de baja, a este importe la empresa deberá sumarle el del Saldo de Deuda informado en respuesta a su notificación de baja.

 

IMPORTANTE

Una vez emitido un cargo, el mismo será exigible de pago en su totalidad, sin descuentos ni deducciones de ningún tipo.

Para más información ingresar a Disposiciones Vigentes.

Las planillas de cargos se encuentran disponibles para ser visualizadas y/o descargadas desde el servidor de AMTRAS.

Para ello, deben ingresar a nuestro sitio web en el apartado EMPRESAS y allí en la opción Descargar Planillas del menú.

Se abrirá una nueva pestaña del navegador, donde se les pedirá que ingresen el usuario y clave de acceso.

Una vez ingresados, tendrán disponibles los cargos de su empresa correspondientes a los últimos años.

Para poder acceder a visualizar y/o bajar las planillas de cargos de una empresa, el usuario que intente hacerlo debe estar registrado en la base de datos de esta Mutual.

Dicha registración se produce cuando la empresa presenta el formulario de Adhesión al Pago de Cargos por Transferencia Bancaria con el detalle de los contactos de las personas encargadas de los temas relacionados a los cargos, sus pagos, y también a la notificación de las bajas de los empleados de la empresa.

Por cualquier consulta, enviar un correo a la cuenta amtras@ssra.org.ar, especificando en el asunto del mismo DESCARGA DE PLANILLAS.

Asimismo, las planillas sólo del mes en curso también están disponibles en el servidor del Sindicato del Seguro a partir del día siguiente a la emisión de los cargos y hasta el último día del mes. En este caso, deberán acceder a este link con un usuario validado y su respectiva clave, los que serán brindados por el Sindicato del Seguro.

Para más información ingresar a Disposiciones Vigentes.

Las planillas de cargos se pueden abonar por caja en nuestro local de Carlos Pellegrini 575 – Planta Baja Fondo, ya sea en efectivo o con cheque a la orden de ASOCIACIÓN MUTUAL DE TRABAJADORES DE SEGUROS, o bien por transferencia bancaria, en cuyo caso previamente la empresa deberá completar el formulario de Adhesión al Pago de Cargos por Transferencia Bancaria, de modo de obtener los datos bancarios de la Mutual, y nosotros contar con los datos de la empresa y de los contactos para los temas relacionados.

En el caso de abonar por transferencia bancaria, la empresa deberá cumplir con las Condiciones y Metodología de uso de esta forma de pago, las cuales se encuentran detalladas en las Disposiciones Vigentes de esta Mutual.

En todos los casos, el pago debe ser por el monto total oportunamente informado en la planilla de cargos que deseen abonar, sin descuentos, deducciones, ni agregados de ningún tipo.

 

Formulario de adhesión: Descargar



El tamaño de papel a utilizar debe ser A4.

Para más información ingresar a Disposiciones Vigentes.

Una vez que hayan realizado el pago del cargo del mes, deben enviar un correo de notificación.

Dicho correo deberá ser nuevo y estar dirigido a la cuenta amtras@ssra.org.ar.

En el asunto del mismo deberán incluir la palabra TRANSFERENCIA, el CÓDIGO de la empresa, y el NOMBRE de la empresa.

Por su parte, en el cuerpo deberán incluir:

  • Una copia electrónica del comprobante de transferencia.
  • Detallar el CUIT de LA EMPRESA.
  • Detallar el Cargo a imputar (formato MM/AAAA).
  • Detallar el Importe de la transferencia.
  • Detallar la Fecha de la transferencia.

 

Es requisito indispensable que el detalle del correo (o en su defecto el comprobante adjuntado) cuente con la información anteriormente solicitada, a los efectos de poder identificar correctamente las transferencias recibidas.

Las notificaciones deben ser por empresa, es decir, si deben notificar pagos de distintas empresas entonces deberán enviar una notificación por cada una de las empresas.

En caso de tener que enviar comprobantes para más de un cargo, deberán enviar tantos correos como cargos a imputar.

De considerar que existe algún inconveniente en el contenido de la planilla, deberán transferir el monto total detallado en el cargo en cuestión y hacer el reclamo correspondiente en correo por separado, para su análisis y posterior decisión.

Luego de recibido el correo de notificación de pago, y con posterioridad a analizarlo y corroborar su correcta acreditación en los extractos bancarios, la Mutual procederá a confeccionar el recibo correspondiente y a imputar el pago al cargo en cuestión.

El recibo se enviará por correo electrónico a una de las cuentas oportunamente informadas como contacto.

De existir una diferencia entre el monto informado en la planilla de cargos y el pago efectuado, la Mutual no realizará imputación alguna hasta tanto la empresa regularice dicha situación.

Tampoco se realizará ninguna imputación si la empresa no cumple con su obligación en enviar mensualmente la notificación de pago correspondiente.

En ambos casos, el cargo en cuestión quedará como pendiente de imputación y podrá generar intereses punitorios sobre el monto total de la planilla.

Para más información ingresar a Disposiciones Vigentes.

La empresa tiene la obligación de notificar las modificaciones en el estado de situación de los empleados que pertenezcan a esta Mutual dentro de los 5 días hábiles de producida la novedad y siempre con anterioridad a la fecha de emisión de los nuevos cargos (de manera tal de evitar que el socio figure en la nueva planilla).

Dicha notificación deberá ser independiente a la que pudiera realizarle al Sindicato del Seguro de la República Argentina, ya que esta última NO IMPLICA LA BAJA AUTOMÁTICA A LA MUTUAL.

Para esta Mutual, todo despido, renuncia, licencia de cualquier tipo, cesión, jubilación o fallecimiento del empleado, será considerado como BAJA, y consecuentemente ameritará una notificación por parte de la empresa para informar la novedad.

Para ello, el único medio habilitado es a través de un correo electrónico independiente de cualquier otro tema, dirigido a la cuenta amtras@ssra.org.ar detallando en el asunto del mismo la palabra BAJA.

Las notificaciones indefectiblemente deberán contener el nombre y apellido de cada socio y su DNI o CUIL (de manera de poder identificarlos inequivocamente), caso contrario, la baja no será procesada.

Cabe aclarar que las bajas no son retroactivas. La fecha de baja que se tomará para nuestros registros será la de recepción de dicho correo, con lo cual no se permitirá descontar de las planillas de cargos aquellas bajas no informadas dentro del tiempo estipulado, ya sea por error u omisión, quedando a cargo de la empresa el pago de la cuota correspondiente.

En el supuesto caso que al momento de notificar la baja la empresa tuviera cargos pendientes de imputación, la misma no se procesará hasta tanto la empresa regularice su situación, quedando a su cargo el pago de los cargos emitidos con posterioridad.

En caso de renuncia, despido, licencia de cualquier tipo, jubilación o fallecimiento, la empresa está comprometida a descontar el Saldo de Deuda que el socio tenga a la fecha de notificación de la baja.

Las licencias (de todo tipo) notificadas por la empresa son tratadas como bajas por esta Mutual. La fecha de baja que se tomará para nuestros registros será la de recepción de la notificación.

Luego de la recepción del correo de notificación, y una vez procesada la baja, esta Mutual enviará un correo de respuesta como constancia donde se detallará la fecha a partir de la cual el asociado dejará de figurar en los listados que mensualmente se emiten para las oficinas de Recursos Humanos de las empresas.

La rehabilitación no es automática. Para obtenerla, el Cro. / la Cra. deberá presentar en nuestras oficinas la solicitud de socio debidamente completada y certificada por su empleador, y abonar las cuotas sociales pendientes desde el inicio de su licencia hasta dicha presentación. Recién a partir de ese momento se procesará su rehabilitación.

 

IMPORTANTE

Para poder procesar las bajas, la empresa no debe tener cargos pendientes de imputación a la fecha de recepción de la notificación.

En otras palabras, si la empresa tiene cargos pendientes de imputación y notifica bajas, las mismas serán descartadas y no se procesarán.

Una vez que la empresa haya regularizado su situación, deberá volver a notificar las bajas para que las mismas sean procesadas.

De esta manera, y hasta tanto la empresa regularice su situación y vuelva a notificar las bajas, los socios afectados continuarán de alta y su cuota social y/o de cargos será exigible de pago.

Para más información ingresar a Disposiciones Vigentes.